La CNT consigue que se respete toda la antigüedad de los fijos discontinuos que hayan pasado a tiempo completo

Una sentencia del TSJA falla a favor de una trabajadora afiliada a la CNT y reconoce que todo el tiempo que estuvo contratada como fija-discontinua antes de ser indefinida a tiempo completo compute por años naturales, como si hubiese sido indefinida desde el inicio a efectos económicos (trienios) y de promoción profesional (interna, vertical, horizontal y externa).

Esta sentencia viene a complementar el Auto de 15-10-2019 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (y la doctrina concordante de los Tribunales del Estado español), que ya establecía que la antigüedad de los fijos discontinuos debía computarse desde el inicio de su contrato y no únicamente por los periodos efectivamente trabajados. Sin embargo, a criterio de algunos Juzgados ese cómputo de la antigüedad por años naturales de los periodos trabajados en régimen fijo-discontinuo no era de aplicación a quienes en el momento de demandar ya hubieran adquirido la condición de indefinidos a tiempo completo, por resultar supuestamente discriminatorio respecto a quienes siempre hubieran trabajado a tiempo completo. Con esta sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón reconoce que no existe tal discriminación y se acaba así con la incoherencia que suponía computar la antigüedad de los periodos trabajados en régimen fijo-discontinuo de manera distinta en función de cuál fuera la situación actual de la persona trabajadora. Así, se garantiza el derecho a que la antigüedad total (por años naturales) se vea reconocida aunque se demande tras haber pasado a indefinido a tiempo completo.

Celebramos esta sentencia resuelta a favor de una trabajadora de la Agencia Tributaria, para quien prestó servicios como fija discontinua entre 24-5-2005 y 20-3-2022 (con la salvedad de un periodo pasado en situación de excedencia voluntaria por interés particular), habiéndolo hecho desde entonces como indefinida ordinaria a tiempo completo. Si crees que estás en esta situación, llama a nuestra asesoría jurídica (694 468 898) o escríbenos a zaragoza@cnt.es y te orientaremos.