Este va a ser el primero sobre una serie de artículos que tratarán sobre el tema de la eutanasia. Como punto de partida hemos creído interesante explicar cómo se trata legalmente este asunto, ya que ello nos lleva al control que el estado ejerce sobre nuestra integridad física y sobre nuestro cuerpo.
Una lectura de la constitución española nos lleva a ver cómo la integridad física se configura como un derecho fundamental, es decir, un derecho dotado de una protección especial y de unas prerrogativas legales concretas. Concretamente el artículo 15 recoge el derecho a la vida y a al integridad física.
Pero aquí viene la primera trampa, no hay que entender esto como un derecho del que podamos disponer, se trata de un derecho que tiene el carácter de público, en el sentido de que se considera la vida como un asunto de salud pública, algo que trasciende la esfera del individuo, al fin y al cabo se trata de un derecho del que nos beneficiaríamos los ciudadanos y ciudadanas pero de titularidad y ejercicio estatales.
Y explicamos muy brevemente lo que esto significa: un delito contra la vida o la integridad física es perseguible de oficio, el estado, por medio de un fiscal puede ejercer una acción contra este tipo de delitos sin que haya denuncia de la propia persona perjudicada, así mismo, si es la persona perjudicada la que pone en conocimiento de la autoridad la posible comisión de este delito, no es posible que luego “retire la denuncia” el proceso judicial continúa de igual forma, con la voluntad del perjudicado o sin ella.
Esto puede tener una vertiente positiva, de hecho es la que se explica en los cursos de derecho penal, si una persona pone una denuncia ante su agresor, aunque este intente posteriormente coaccionarle para que la retire, el tipo de delito, delito público, impide que el proceso pueda finalizar sin que se investiguen los hechos, lo que supondría para el agresor haber salido impune.
También tiene vertientes que podrían llevar a situaciones no deseadas, por ejemplo, si un amigo me agrede en un momento de discusión en el que está muy obcecado, la policía interviene, se inicia el proceso judicial, y yo decido perdonarlo ya que no quiero que tenga que pasar por el laberinto judicial que a mi juicio es excesivo, tampoco podría hacerlo.
Pienso que ante una situación en la que el agredido o agredida expresa su voluntad de perdonar y de querer evitar el proceso, habría que ser en primer lugar cautos, porque evidentemente esa voluntad de pedir perdón podría estar coaccionada, como por ejemplo, y sería el caso más evidente, en las agresiones machistas. Sin embargo, hay algunos casos en los que también sería interesante que la voluntad individual prevaleciera. Ante el hecho de la agresión, la persona agredida podría decidir si quiere una solución judicial o no. Téngase en cuenta que me estoy refiriendo a casos de violencia leve, como por ejemplo el maltrato de obra, una figura que recoge la ley para agresiones de escasísima entidad.
Esta situación, no es posible, y no lo es por la misma razón que la eutanasia está prohibida, nuestra integridad física es un derecho que pertenece al estado, nuestros cuerpos, de alguna manera pertenecen al estado, así como nuestras vidas, y es por eso por lo que no podemos decidir cuándo queremos ponerles fin. Por contar un caso estrambótico pero real: una persona que se suicida es técnicamente culpable de homicidio a los ojos del estado, aunque no se le pueda enjuiciar por razones obvias.
¿A qué tiene miedo el estado? Quizá a que el agredido retire una denuncia ante la coacción de su agresor, puede ser, pero desde luego no es a lo único a lo que el estado tiene miedo. La configuración del derecho a la vida y a la integridad física revela su miedo a dejar de ser dueño de los cuerpos, a dejar de ser dueño de nuestras vidas. En una sociedad en la que el suicidio es tabú, en la que muchas personas se suicidan por causas económicas, y por lo tanto políticas, no interesa que se publiquen las listas de suicidios, como tampoco es tolerable reconocer a las personas el derecho a poner fin a sus vidas, ya que sería equiparable a reconocerles el derecho a ser dueños de sus vidas. Así se nos trata en el estado democrático.
Parece que el estado tiene que asegurarse bien la propiedad de los cuerpos, es decir, de los factores productivos que generan riqueza y ponen en movimiento la maquinaria del sistema capitalista que él patrocina.
Esta configuración social lleva a situaciones absurdas, personas a las que se obliga a vivir vidas miserables, dolorosas, personas a las que se obliga a convivir con enfermedades terminales que sólo causan dolor y sufrimiento. El estado tolera estas situaciones porque de lo contrario tendría que reconocer la autonomía personal en el ejercicio del derecho a la vida y a la integridad física. El único argumento que esgrime para mantener esta situación de control es el ya citado, el referente a que un tratamiento más libre de este derecho abriría la puerta a las coacciones de los agresores para que se finalizaran los procesos. Esa situación, que yo no dejo de reconocer como problemática, podría paliarse por diferentes vías, los jueces a los que se les pidiera acabar procesos por delitos contra la integridad podrían mandar investigaciones para descartar posibles coacciones, se podrían tomar medidas cautelares para con el investigado, se podría, en el caso de la violencia machista, dotar a las mujeres de un auténtico sistema de protección, no el actual que genera más de setenta mujeres muertas al año. Las mujeres pueden morir ante la mirada despreocupada del estado, pero los enfermos terminales deben vivir en pos de una muerte agónica, ya que lo contrario supondría reconocer una libertad de la que el poder no quiere prescindir.
Cabría configurar la eutanasia como una petición de muerte que el enfermo, o la persona que quiere morir, realiza al estado. Esto evidentemente no es satisfactorio, porque seguiría manteniendo la concepción en la que la persona no es dueña de su vida, pero serviría al menos para evitar el sufrimiento a muchos seres humanos. Sobre esta posibilidad el estado no se ha pronunciado. Le permitiría mantener su hegemonía, pero quizá tendría que dar a la iglesia ciertas explicaciones, o quizá teme su reacción.
A partir de este artículo se irán sucediendo otros en los que se explicarán casos concretos y problemáticas concretas, pero es importante que este se lea y se discuta primero, aquí están explicado, o eso hemos intentado, el sustento ideológico de lo que acontece en nuestra sociedad.
La reivindicación a favor de la eutanasia, si se apoya en esta base, puede hacerse mucho más amplia y pedir la libertad del individuo, el control personal de los cuerpos. Podemos pasar de ser factores de producción que el estado se empeña en preservar hasta situaciones absurdas, a individuos libres que producen libremente para vivir, no que viven para producir.