En sentencia dictada el dieciocho de junio y de la cual el sindicato tuvo constancia en el día de ayer, el Juzgado de lo Social nº 3 de Zaragoza reconoce que el despido del trabajador supuso un atentado contra sus derechos fundamentales, lo declara nulo y obliga a su readmisión.
La empresa lo justificó en su día alegando “causas objetivas” al amparo de los últimos cambios legislativos introducidos por las recientes reformas laborales promulgadas desde el Gobierno. Con esta victoria judicial CNT demostramos una vez más que es posible pelear readmisiones incluso cuando las empresas recurren a la reforma laboral para despedir por causas objetivas, pero que para ello es necesario un sindicalismo que distribuya su actividad entre todos los trabajadores por igual, sin recurrir a privilegios.
El pasado 14 de septiembre de 2012 la empresa Electrónica Cerler S.A. procedía al despido de 17 trabajadores y trabajadoras, justificando su decisión en base a causas objetivas económicas y productivas y amparándose con ello en las últimas modificaciones hechas sobre el Estatuto de los Trabajadores tras las reformas laborales más recientes, que consideran causas objetivas la disminución persistente de ingresos, sin necesidad de acreditar pérdidas por parte de la empresa.
De todos los trabajadores y trabajadoras despedidos, solamente uno de ellos (David R.) demandó a la empresa con el apoyo de su sindicato, la CNT, solicitando que se le readmitiese y alegando para ello que la empresa se estaba acogiendo al nuevo despido objetivo para encubrir en realidad un despido motivado por la actividad reivindicativa del trabajador, que había puesto una denuncia en Inspección de Trabajo los meses previos pidiendo un reconocimiento de categoría profesional, además de haber secundado todas las huelgas sectoriales y generales de los últimos años.
Celebrado el juicio en el Juzgado de lo Social nº 3 de Zaragoza, la sentencia declara nulo el despido, al considerar que se vulneró el derecho del trabajador a la tutela judicial efectiva (y por tanto la garantía de indemnidad) recogido en el art. 24 de la Constitución, y por ello condena a la empresa a readmitirlo en su anterior puesto de trabajo y a pagarle los salarios dejados de percibir durante el tiempo que ha pasado despedido.
Valoramos esta readmisión como una noticia fundamentalmente positiva, ya que si bien no se concede la indemnización solicitada por los daños morales causados por un despido que vulnera la Constitución, sí se ha conseguido el objetivo principal, que era que el trabajador recuperase su empleo con todas las garantías, y que fue lo que motivó el rechazo de sindicato y trabajador de los pactos ofrecidos por la empresa anteriormente, consistentes en alcanzar un acuerdo económico a cambio de aceptar el despido, así como el conflicto sindical abierto estos meses.
Asimismo, desde la CNT consideramos que este despido nulo pone de manifiesto que es posible articular mecanismos de defensa efectivos de los puestos de trabajo de todos los trabajadores, también cuando como en este caso no ostentan la condición de representantes sindicales ni unitarios, si detrás hay estrategias sindicales de lucha y honestas, tarea que ha sido deliberadamente abandonada por el mal llamado sindicalismo mayoritario, que debido a sus privilegios está más centrado en negociar el dinero que valen los despidos que en luchar por readmisiones y empleos estables. Ahora nos planteamos qué tiene que decir ahora la DGA, que galardonó a Electrónica Cerler recientemente con un premio a la Excelencia Empresarial… aunque sabemos que hay una total connivencia entre políticos y empresarios, a la hora de silenciar los frecuentes abusos que estos últimos cometen con sus empleados y empleadas.
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